Durante las cuestiones previas, Navarro pidió la anulación de las citadas grabaciones, y los magistrado de la Audiencia de Valencia decidieron aplazar el juicio para decidir si las admiten o no.
Para entender su argumentación jurídica, cabe recordar que las torturas salieron a la luz dentro de una investigación por blanqueo de capitales y narcotráfico que afectaba a uno de los imputados, a Carlos P., pero no al otro. Al escuchar la grabación, los agentes de la Unidad de Asuntos Internos dieron parte al juzgado que instruía la operación Gorrión, actuación policial de la que este periódico también informó en primicia.
El magistrado, al escuchar las conversaciones en las que se oyen las vejaciones y la paliza recibida ?-los golpes se aprecian con absoluta nitidez- desgajó esa parte de la causa general y la envió al juzgado de Moncada porque el presunto delito ocurrió en Alboraia, dentro de su partido judicial.
Ayer durante el plenario, el letrado argumentó que las grabaciones se realizaron dentro de un vehículo oficial al que tenían acceso, no sólo los imputados sino todos los agentes del cuartel, y esgrimió que dicho coche era un "lugar privado" y, por tanto, la decisión del juez de Instrucción 14 de Valencia de autorizar las grabaciones afectaba directamente al derecho a la intimidad de los funcionarios del instituto armado.
Además, sostuvo que menoscababa el derecho de defensa porque no existe cobertura legal -no existe legislación específica- del artículo del Código Penal que aplicó el juez de Valencia para autorizar las grabaciones. Explicó que no se puede acudir a un artículo legal que restringe derechos sólo por analogía con otro.
El fiscal admitió que sí que falta legislación al respecto, pero que otro tipo de intervenciones tampoco están expresamente reguladas y se permiten a través de la jurisprudencia asentada por las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo a lo largo de los años. Tras las argumentaciones, la intervención de Navarro se vio recompensada: la presidenta de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial suspendió el juicio para decidir si anula o no las grabaciones.
La acusación por las torturas
Según explica el fiscal de caso en su escrito de acusación, el vigilante de un centro comercial de Alboraia, Ángel L., detuvo a un joven por hurto y avisó a la Guardia Civil. Hasta allí fueron los imputados Antonio C. y Carlos P.
Una vez recogieron al detenido, los tres acusados lo llevaron a la playa y allí, el cabo Carlos P. comenzó
presuntamente a golpearlo mientras le decía "o me dices quién es tu cómplice, o te daré una paliza que te haré mear sangre". Debido a los golpes y humillaciones recibidas, el preso comenzó a llorar y el cabo le gritaba "maricón, deja de llorar, eres como una mujer".
Ya en dependencias policiales, y mientras instruían las diligencias, los dos agentes continuaron supuestamente golpeándolo e insultándolo. Incluso le hicieron bailar salsa por su origen cubano.
La decisión de la Sala no tiene posibilidad de ser recurrida
Los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia de Valencia aplazaron el juicio hasta el próximo 19 de octubre. Durante este tiempo decidirán si admiten como válidas o no las grabaciones obtenidas dentro del coche policial. Si no las admiten, la decisión será firme y contra ella no cabrá recurso. Esto se debe a que las cuestiones previas de los juicios, resueltas a través de un auto y no de viva voz o en sentencia, no tienen posibilidad de recurso y el juicio se celebrará sin ellas. El problema en este caso concreto es que son la mayor prueba de cargo contra los tres imputados, ya que en ellas se puede escuchar claramente lo que ocurrió. Además, según fuentes jurídicas consultadas por Levante-EMV, en caso de no ser admitidas podrían afectar seriamente al proceso que generó la operación Gorrión, ya que será esta misma sala la que juzgue esa causa por narcotráfico, y varias de las pruebas contra los imputados salen de grabaciones como las ahora cuestionadas.
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